El Gobierno nacional puso en marcha un nuevo esquema para las exportaciones de hidrocarburos, con el objetivo de simplificar los trámites y reducir la intervención estatal en las operaciones de venta al exterior.
La medida fue formalizada mediante la Resolución 166/2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, y quedó bajo la órbita de la Secretaría de Energía. La normativa alcanza a petróleo, gasolinas y derivados.
El cambio se enmarca en la política de desregulación impulsada por la administración de Javier Milei y toma como referencia los principios de libre mercado y libre concurrencia establecidos en el Decreto 70/2023 y la Ley Bases. Según el texto oficial, la intervención del Estado quedará limitada a lo estrictamente necesario para resguardar la seguridad del suministro.
Uno de los puntos centrales es la creación del Registro de Operaciones de Exportación, dependiente de la Subsecretaría de Hidrocarburos. Allí deberán asentarse las notificaciones de exportación, las posibles objeciones y las Constancias de Libre Exportación.
La resolución también dejó sin efecto la Resolución 241/2017, que obligaba a los exportadores a acreditar que habían ofrecido antes el producto al mercado interno para poder acceder al permiso de exportación. El Gobierno sostuvo que ese mecanismo no aseguraba el abastecimiento y generaba distorsiones incompatibles con los nuevos criterios de libertad comercial.
Con el nuevo régimen, los permisionarios y concesionarios conservan el dominio sobre los hidrocarburos que extraen y pueden comercializarlos o exportarlos libremente, aunque sujetos a un sistema de no objeción basado en criterios técnicos y económicos.
El trámite se realizará a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD). La autoridad tendrá 30 días hábiles para objetar operaciones vinculadas con aceites crudos, gasolinas y gasoil, y 7 días hábiles en los casos de propano, butano y GLP.
Si la Secretaría de Energía no responde dentro de esos plazos, se aplicará el silencio con sentido positivo. En ese caso, el interesado podrá pedir la emisión de la Constancia de Libre Exportación, que otorga estabilidad a la operación y garantiza que el derecho a exportar no sea interrumpido durante el programa de embarques.
Para los contratos que superen los 12 meses, la norma exige documentación adicional, entre ella contratos firmes y proyecciones de reservas probadas de las áreas de origen. Además, cuando se trate de proyectos que demanden nueva infraestructura, se prevé una articulación con el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), para facilitar los trámites de quienes ya hayan iniciado su adhesión a ese régimen.
Nuevo régimen nacional para exportar hidrocarburos con menor intervención estatal
La Secretaría de Energía reglamentó la libre exportación de petróleo, gasolinas y derivados a través de la Resolución 166/2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial.
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