La mujer acusada de amenazar a una docente y de golpear a dos directivas del Instituto de Formación Docente Nº 12 de Neuquén fue declarada penalmente responsable este viernes al mediodía en la Ciudad Judicial.

La decisión fue comunicada por el juez Juan Guaita, quien hizo lugar a la teoría del caso presentada por la fiscal del caso Lucrecia Sola y la asistente letrada Dolores Franco, junto con los abogados querellantes Mariano Mansilla y Agustina Procoppo.

La acusada fue declarada responsable como autora del delito de amenazas simples, en perjuicio de una docente, y como coautora de dos hechos de lesiones leves contra dos integrantes del equipo directivo del establecimiento. Los delitos fueron considerados en concurso real.

El juicio se realizó esta semana, durante el miércoles y jueves. En el alegato de clausura, Sola sostuvo que los dos hechos y la intervención de la mujer habían quedado acreditados. La querella acompañó ese pedido y planteó la necesidad de una condena que permita a las docentes regresar a las aulas sin temor a nuevos episodios de violencia.

Según la teoría del caso del Ministerio Público Fiscal, el primer hecho ocurrió el 21 de abril de 2025, cerca de las 14:20, durante una reunión convocada en el establecimiento por una situación vinculada con la hija de la imputada, alumna de la institución.

En ese encuentro participaron una docente de inglés, la regente, la subregente y una maestra de grado. De acuerdo con la acusación, la mujer reaccionó de manera agresiva ante las explicaciones de la profesora, la insultó y la amenazó. Entre otras expresiones, le dijo que la esperaría afuera, que la golpearía y que averiguaría dónde vivía. La reunión fue suspendida y debió intervenir personal de seguridad.

Al analizar ese episodio, Guaita consideró acreditadas las amenazas y señaló que encontró más de diez elementos para determinar su entidad. Entre ellos mencionó los testimonios coincidentes de las docentes, el acercamiento físico de la acusada hacia la víctima, la suspensión de la reunión, el llamado a seguridad, la denuncia posterior, la prohibición de ingreso al establecimiento y la licencia que tomó la docente después del hecho.

El juez también valoró, en línea con lo planteado por la fiscalía, que la víctima manifestó haber sentido miedo y nerviosismo, y que ese estado fue corroborado por otras personas presentes en la reunión. Con esos elementos, concluyó que las expresiones tuvieron entidad suficiente para configurar el delito de amenazas.

El segundo hecho ocurrió al día siguiente, el 22 de abril, cerca de las 13:45. La acusada volvió al IFD 12 acompañada por otra persona, ingresó al área de secretaría y, al no encontrar a la docente de inglés, agredió físicamente a la regente y a la subregente, quienes sufrieron distintas lesiones.

Sobre este punto, Guaita respaldó la acusación de la Fiscalía y de la querella. Consideró que las agresiones contra las directivas fueron probadas mediante los testimonios de ambas víctimas, un video y la prueba médica realizada dentro de las 24 horas posteriores al episodio.

El juez rechazó además el planteo de la defensa, que había intentado encuadrar el segundo hecho como una riña. Para Guaita, la prueba mostró una escalada de violencia que comenzó con amenazas y terminó al día siguiente con agresiones físicas contra las dos directivas.

La pena que deberá cumplir la mujer será definida en una audiencia de cesura, que deberá fijar la Oficina Judicial. Las partes tendrán cinco días hábiles para ofrecer prueba para esa instancia.