Una clase de Educación Sexual Integral en la escuela permitió que una niña de 9 años reconociera y pudiera contar una situación de abuso sexual que, según la acusación, había ocurrido durante una consulta odontológica en San Martín de los Andes, en el invierno de 2024.
El imputado es un odontólogo que fue declarado penalmente responsable por el delito de abuso sexual simple en perjuicio de la niña. La resolución fue dictada el 5 de julio por el juez Maximiliano Bagnat, tras el juicio realizado los días 24 y 25 de junio. El fallo todavía no está firme y puede ser recurrido por las partes.
La causa se inició a partir del relato de la víctima. El 8 de septiembre de 2025, la Fiscalía formuló cargos contra el profesional por abuso sexual simple y el juez dispuso una medida cautelar de prohibición de contacto con la niña y su familia.
Sin embargo, en noviembre de 2025, durante la audiencia de control de investigación, el Ministerio Público Fiscal pidió el sobreseimiento del imputado. La Defensoría de Niños, Niñas y Adolescentes, que intervenía como querella institucional, se opuso y solicitó una prórroga para continuar con la investigación. El pedido fue concedido por un mes.
El 5 de diciembre, el juez de Garantías rechazó una nueva prórroga pedida por la querella particular. En ese contexto, la Defensoría presentó su propia acusación. El juez rechazó el sobreseimiento solicitado por la Fiscalía y habilitó a la DNNyA a continuar con la acusación de manera autónoma. La querella particular, además, fue declarada en abandono por no haber presentado la acusación dentro del plazo correspondiente.
La defensa del odontólogo recurrió esa decisión, pero el 13 de mayo el Tribunal de Impugnación declaró inadmisible el recurso y confirmó lo resuelto por el juez de Garantías. De esa manera, el proceso avanzó hacia el juicio pese a que la Fiscalía había desistido de continuar con la persecución penal.
El Defensor adjunto Lucas González estuvo a cargo de la querella institucional y sostuvo la acusación en las distintas instancias. En el debate, una de las pruebas centrales fue el testimonio de la niña en Cámara Gesell. Según la sentencia, el juez valoró que el relato fuera creíble, espontáneo y persistente en el tiempo.
También tuvo en cuenta que la niña presentaba un nivel cognitivo acorde con su edad y capacidad para diferenciar la verdad de la mentira, aspectos evaluados por una perito psicóloga forense. El magistrado además encontró coherencia entre su relato y otros testimonios vinculados con el proceso de develamiento.
A esas pruebas se sumaron indicadores compatibles con estrés postraumático detectados por la psicóloga forense y por la psicóloga que atendía a la niña, entre ellos reexperimentación, hiperalerta, culpa y angustia.
El fallo consideró, además, que no había una explicación profesional alternativa que justificara lo ocurrido durante la consulta, ya que ninguna práctica odontológica permitía explicar el hecho atribuido al imputado.
Otro punto valorado fue el contexto en el que se habría producido el abuso. De acuerdo con la sentencia, el odontólogo generó un escenario de privacidad al pedirle a la madre de la niña que permaneciera fuera del consultorio. El juez analizó ese elemento dentro de una situación de vulnerabilidad y asimetría de poder entre el profesional y la niña.
La Defensoría sostuvo que esas circunstancias debían ser evaluadas junto con el relato de la víctima y el resto de la prueba producida durante el proceso.
González explicó que "la actuación de la Defensoría se enmarca en la doctrina y jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia que reconocen las facultades de la querella para continuar con la persecución penal cuando la acción ya fue instada por el Ministerio Público Fiscal luego de la formulación de cargos".
El defensor agregó que en este caso ese rol tuvo especial relevancia porque se trataba de un delito contra la integridad de una niña y porque el interés superior de la víctima exigía garantizar su derecho a ser escuchada y su acceso a la Justicia.
La situación fue develada después de una charla de Educación Sexual Integral en la escuela. Según se desprende del caso, esa instancia le dio a la niña herramientas para identificar que lo vivido no correspondía a una práctica médica, sino a una situación de abuso.
Para la Defensoría, el expediente también muestra la importancia de que niñas y niños cuenten con recursos para reconocer situaciones de vulneración y puedan expresarlas.
El proceso continuará con la audiencia de cesura, fijada para el 15 de septiembre, en la que se determinará la pena que eventualmente deberá cumplir el imputado. Hasta entonces, la sentencia de responsabilidad dictada en primera instancia no se encuentra firme.
Una clase de ESI ayudó a una niña a denunciar un abuso y el caso terminó en juicio contra un odontólogo
El hecho ocurrió en San Martín de los Andes en 2024. La Fiscalía pidió el sobreseimiento, pero la Defensoría de Niños, Niñas y Adolescentes sostuvo la acusación y el juez declaró responsable al imputado.
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